sábado, 14 de julio de 2012

Analizando Real Decreto-ley 20/2012. Parados con Renta Activa de Inserción.

Hola a tod@s,

este fin de semana voy a dedicarme a analizar con calma el BOE con las medidas del Gobierno que se han planteado hoy. Podéis consultarlo en este enlace.

Estoy viendo que hay mucha confusión y mucha alerta. Es cierto que no es para menos, pero hay cosas que deben ser analizadas con un poco de calma.


Inicialmente te invade una mala ostia de narices, claro. Luego empiezas a leer comentarios de gente que dice que no es lo que parece. Así que ¿solución? Comparamos las Leyes.

En este aspecto, el Decreto publicado hoy dice en el Artículo 21 que: Se modifica el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre, por el que se regula el programa de renta activa de inserción para desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.

Este RD del año 2006 permite establecer, dentro de la acción protectora por desempleo, una ayuda específica denominada renta activa de inserción, dirigida a los desempleados con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo, a los que se refiere en el artículo 2, que adquieran el compromiso de realizar actuaciones favorecedoras de su inserción laboral, al las que se refiere en el artículo 3. 

A continuación, en el BOE de hoy,  se especifica: "Se añaden dos párrafos a la letra b) del apartado 1 del artículo 2" y  "se modifica La letra c) del apartado 1 del artículo 2". Añado lo nuevo en azul, y pongo lo suprimido en color rojo.

He buscado el Real Decreto 1369 (podéis consultarlo aquí). Vamos a ver cómo quedaría el artículo 2 a partir de hoy.
Artículo 2. Requisitos.

1. Podrán ser beneficiarios del programa los trabajadores desempleados menores de 65 años que, a la fecha de solicitud de incorporación, reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de 45 años.

b) Ser demandante de empleo inscrito ininterrumpidamente como desempleado en la oficina de empleo durante 12 o más meses. A estos efectos, se considerará interrumpida la demanda de empleo por haber trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa.

«Durante la inscripción como demandante de empleo a que se refiere el párrafo anterior deberá buscarse activamente empleo, sin haber rechazado oferta de empleo adecuada ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales u otras para incrementar la ocupabilidad. La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos.
En los supuestos en que se interrumpa la demanda de empleo, se exigirá un periodo de 12 meses ininterrumpido desde la nueva inscripción».

c) ANTES: No tener derecho a las prestaciones o subsidios por desempleo, o a la renta agraria.
AHORA: «Haber extinguido la prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial establecidos en el Título Tercero del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, salvo cuando la extinción se hubiera producido por imposición de sanción, y no tener derecho a la protección por dicha contingencia.
Este requisito no se exigirá en los supuestos previstos en las letras b) y c) del apartado 2 de este artículo»
d) Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Por último, os incluyo el enlace a un tríptico del SEPE (uséase, el antiguo INEM) en el que se resume qué es la Renta Activa de Inserción. 

Bueno, pues de momento aclaramos que este punto está referido a las personas que cobran esta renta. Pero, ¿cuáles eran sus condiciones antes?

Seguimos buscando en el RD 1369 de 2006 para ver lo que se especificaba antes en cuanto a salida al extranjero.

Llegamos al Artículo 9. "Baja y reincorporación al programa" donde el apartado 1 especifica los motivos por los se dará de baja definitiva en el programa a los trabajadores. Concretamente, en relación al extranjero encontramos: " h) Traslado al extranjero, salvo lo previsto en el apartado 3".

Vale, y ¿qué dice el apartado 3 del artículo 9? Pues resulta que en ese punto se especifican quiénes y porqué motivos "Causarán baja temporal en el programa, sin consumo en la duración de la renta". Osea, BAJA TEMPORAL, que no definitiva. Ojo.
Y en cuanto al extranjero se especificaba en el párrafo "d" que se considera motivo para una baja temporal en el programa "El traslado al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional por un periodo inferior a seis meses".
Y serías admitido de nuevo en el programa en el caso de retorno del extranjero, "cuando el interesado solicite la reincorporación al programa en los 15 días siguientes al retorno, previa inscripción como demandante de empleo, reactivación del compromiso de actividad y acreditar alguna de las causas de traslado recogidas en el párrafo d) del apartado 3". Esto es lo que dice el párrafo "d" del apartado 4.

Osea, que si te trasladas al extranjero durante menos de 6 meses, se pausaba tu ayuda, pero podías volver a recibirla si notificabas que habías vuelto.
Si te trasladas al extranjero (osea, te vas más de 6 meses), quedas fuera del programa de Renta Activa de Inserción.

Entonces tenemos que:
  • La salida al extranjero no es lo mismo que el traslado del que se hablaba en las normas antiguas. ¿Dónde está el límite que separa "viaje" de "traslado"?
  • Si sales al extranjero, se interrumpe tu inscripción como demandante de empleo. Y esta es condición indispensable para  poder optar a esta prestación.
  • Para volver a solicitarla, debes estar otros 12 meses inscrito como demandante de empleo sin interrupciones.
¿Cuáles son las diferencias a mi entender? Creo que la diferencia es principalmente que si antes te trasladabas al extranjero durante menos de 6 meses se te mantenía el derecho a seguir cobrando tu prestación al retornar (si lo solicitabas hasta 15 días después de regresar). Y se hablaba de trasladarse al extranjero "para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional".
Ahora se especifica que si sales, sea por lo que sea y por el tiempo que sea, te sacan del programa y a la vuelta tendrás que esperar 12 meses para poder cobrarla.

Se trata de una clara penalización a los demandantes de esta ayuda, que los esclaviza.

Si resulta que tienes un hijo en el extranjero, no puedes ir a visitarlo porque te quitan la ayuda.
Si recibes esta ayuda y te casas, no puedes irte de viaje de novios.
Si quieres acudir a una entrevista en el extranjero, pierdes la prestación.

Para mí se está cercenando la libre circulación de personas en la UE, una vez más. Europa no quiere que los parados de larga duración prueben suerte, está claro.

Esto es muy fuerte, y el Presi no dijo nada, ni él ni sus ministros tras el Consejo.

Gracias por leerme. Saludos.

50 comentarios:

  1. Y yo entiendo que puede ir en contra de la libre circulación de ciudadanos de la UE, entre otras cosas

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Pero que tontería por favor. Si usted desea circular o establecerse en cualquier país de la Unión Europea puede hacerlo, faltaría más. Lo que sucede es que todo derecho -aquí el de recibir una renta mínima de inserción- comporta unas obligaciones o contrapartidas. No existen los derechos absolutos, en niguna parte. El ejercicio de cualquier derecho comporta responsabilidades y obligaciones. Como seguramente sabe, si usted solicita ser admitido en el Programa de Renta Mínima de Inserción, debe suscribir el denominado compromiso de inserción y no puede negarse o rechazar determinadas opciones o alternativas. Si usted entiende que debe establecerse en otro país, porque le apetece o por las razones que sean, no se preocupe que nadie le va a impedir cruzar las fronteras ni le va a impedir embarcar en el avión. Ahora, eso sí, será expulsado del Programa de Renta Activa de Inserción, como es fácilmente entendible, pues no tiene el menor sentido que usted esté en el extranjero y aquí le estemos sufragando una renta de inserción que no conducirá a dicha inserción. Me parece que es bastante fácil de entender para cualquiera.

      Eliminar
    2. YA existía normativa al respecto. Solo tendrían que aplicarla con rigor. En lugar de eso dicen que será expulsado del programa cualquiera que SALGA de España SEA CUAL SEA motivo o duración. ¿Tontería dice usted? Ya,ya.

      Eliminar
    3. Pero vamos a ver: si el Programa de Renta Activa de Inserción se establece para insertar a desempleados españoles en España ¿qué sentido tiene mantener acogidos al Programa a personas que se "TRASLADAN" de España al extranjero? pues ninguno, como es obvio.

      La norma habla de traslados -es decir, de nuevos establecimientos- no de simples viajes o estancias ocasionales con retorno que, evidentemente, no tienen incidencia alguna en el régimen del Programa de la RAI.

      Eliminar
    4. Hola Anónimo,

      creo que no te has leído bien la norma. La nueva Ley especifica: "La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración, interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos".

      Evidentemente salir al extranjero un fin de semana está incluido como causa ahora mismo de expulsión del sistema y de pérdida de la antigüedad.

      Antes la normativa hablaba de TRASLADO. Ahora dicen SALIDA. Yo entiendo que aquí hay una sutil diferencia ¿no le parece?

      Eliminar
    5. Es que usted no contempla la norma desde el punto de vista de su finalidad, que es como hay que interpretar cualquier normal jurídica (art. 3.1 del Código Civil). Usted confunde la movilidad por traslado con un simple viaje o estancia temporal u ocasional de tránsito y pretende "buscar tres pies al gato". De ser como usted lo plantea, cualquier desplazamiento o tránsito, incluso dentro de España, constituiría una movilidad laboral por traslado, lo que obviamente es completamente absurdo. La norma se refiere el ejercicio del derecho de establecimiento en otro país, porque la RAI es parcialmente compatible con el trabajo dependiente y de lo que se trata es de insertar al desempleado en España, porque se están empleando para esa inserción (RAI) unos recursos económicos procedentes de los Presupuestos del Estado español. De ahí que se expulse del Programa RAI a quien, por las razones que sean, decida establecerse fuera de España. Creo que es una medida bastante sensata, no como sucedía hasta ahora con el descontrol y desastre del anterior Gobierno.

      Eliminar
    6. Disculpe pero yo no busco nada.

      Si la propia ministra ha salido haciendo ciertas aclaraciones al BOE en este artículo, por algo será, quizás es que se han excedido en su redacción.

      Y usted podrá argumentar lo que desee, ambos desconocemos cómo se aplicará la medida, pero el texto lo deja bastante claro: SALIDAS SEA CUAL SEA MOTIVO Y DURACIÓN.

      Si usted dice que soy yo quien quiero darle vueltas es su problema.

      Saludos

      Eliminar
  2. Es evidente, analizando Grecia, Portugal y ahora España, que existen fuerzas todopoderosas en el mundo que están ejecutando un procedimiento de ingeniería social, que puede traducirse en la aplicación de una política ya experimentada por Adolf Hitler contra los pueblos eslavos durante la II Guerra Mundial. En nuestro caso, la España que se avecina a medio plazo es la de medio centenar de millones de personas con un mínimo de formación, sujetas a condiciones de vida limitadas y sin perspectivas de desarrollo alguno. Entretanto la "Gran Alemania" soñada por el nazismo seguirá el camino para apoderarse y controlar al resto de Europa. Un sueño del orate Hitler que sin disparar un cañón ya está en camino de hacerse realidad.
    Lo anterior lo demuestra el paquete de medidas que aplica el Gobierno español actual, conduciendo a la nación hacia un desastre social, político y económico inimaginable.
    Por suerte estamos en el Siglo XXI, no en 1940 y muy pronto las clases medias españolas comenzarán a explotar. Los pobres ya están habituados a pasar trabajo, los ricos no están afectándose porque según datos la comercialización de productos y artículos de alto lujo han crecido hasta en un 25% últimamente, de modo que serán los profesionales, los autónomos y los pequeños empresarios quienes tomarán las medidas para que la "niña de Rajoy" no termine su legislatura en el tiempo predeterminado.
    Saludos y felicitaciones por tu aporte a la realidad española de hoy.
    HEREJE33

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Coincido contigo: Alemania repite su historia mediante una guerra financiera. Ahora los guetos no distinguen de razas sino de ingresos ó nacionalidades.

      Espero que tengas razón y pronto caigan los traidores que nos gobiernan, y logremos como los franceses y los islandeses decir NO a lo que nos imponen de fuera.

      Un saludo y gracias por comentar.

      Eliminar
    2. El capital a través del tiempo siempre ha tratado de aprovecharse de los pobres, las guerras fueron la solución cuando el capital ya no podia hacer efectivo su incremento de capital, para asi murieran pobres para luego hacer un nuevo replanteamiento de exprimir al pobre, el cuento de la estampita que tenemos ahora entre manos (Eurozona) fue diseñado por los testaferros del capital para aprovecharse de las naciones con menos recursos, que los politicos han ejecutado algunos a sabiendas, otros inocentemente; el resultado para España (de este cuento de la estampita) ha sido cargar toda la deuda de los bancos españoles, cuyos tenedores finales son los bancos del club de Alemania, Francia, Holanda, Inglaterra a todos los ciudadanos de España, apretando, replanteando, modificando, subiendo impuestos, y todo lo conseguido por las generaciones despues de la Guerra Civil Española ( La Sanidad, La caja de la Seguridad Social, y mas) ha sido utilizado por el capital español y europeo para hacer caja, y quien sino los politicos de turno han sido sus inocentes ejecutores, y mas aun ya desacreditados internacionalmente...hacer maletas

      Eliminar
  3. Hola. Puedo aclararos alguna duda con información de primera mano. Lo que ocurre con la R.A.I. es que actualmente es un foco de fraude monumental. La mayoría de los que la cobran son extranjeros mayores de 45 años (rumanos, marroquies, etc) que entran en España, se apuntan en los servicios regionales de empleo dando el domicilio de algun amigo o familiar y, cuando llevan un año inscritos, vuelven para solicitar esa ayuda de 426 euros durante once meses. Por supuesto, en cuanto que lo hacen se vuelven a su país, a seguir tan ricamente viviendo con este sobresueldo. Es escandaloso, porque esa gente no tiene ninguna intención de trabajar en España, ni de cumplir con ninguno de los requisitos que lleva aparejados esa RAI. Por supuesto, entre ellos el de "buscar activamente empleo", que, no nos engañemos, no lo van a buscar fuera de España cuando ni se molestan en ir a las ofertas nacionales que se les hacen. Esa es la idea de esta reforma de ahora, acabar con ese colectivo de "espabilados" que vivían a costa de los impuestos de los demás.
    Dejando esto aparte, sí es cierto que puntualmente puede suponer una molestia para otros colectivos que no son el que acabo de mencionar, por ejemplo, un español que quiere ir a buscar trabajo fuera de España. Como en todo en esta vida, pagan justos por pecadores.
    Un saludo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, gracias por tu aportación.

      Entiendo que este es un fallo del sistema que no controla que la gente rechace ofertas de empleo, ¿no?

      Es que como dices, creo que claramente se está perjudicando a los que actúan según la Ley, y totalmente me da la sensación de que se impide a los parados de larga duración buscar un futuro fuera de este país...

      Un saludo

      Eliminar
    2. Creo que los mayores de 45 años o discapacitados pueden solicitar esta ayuda con los siguientes requisitos:

      -Haber agotado su prestación por desempleo de nivel contributivo y/o el subsidio por desempleo de nivel asistencial.
      -Ser demandante de empleo e inscrito al menos durante 12 meses de manera ininterrumpida en el servicio de empleo.
      -Carecer de rentas.

      Parece que no es suficiente con estar inscrito 12 meses como demandante de empleo.

      Esto es otra medida más contra los parados que se intenta ocultar bajo el fantasma del fraude.

      Eliminar
    3. Efectivamente, ahora para tener derecho a la incorporación al Programa de Renta Activa de Inserción, se requiere, adicionalmente, ser desempleado no sólo de hecho o "de boquilla" sino de Derecho, es decir, hay que proceder de una auténtica situación legal de desempleo, consecuencia de una pérdida del empleo previo no voluntaria, generadora de un derecho a la percepción de prestaciones contributivas o no contributivas (subsidio). Hasta ahora bastaba con que el interesado decidiera inscribirse como demandante de empleo y esperar un año, situación que ha dado cabida a un monumental fraude, detectado por la Inspección de Trabajo y por el Servicio Público de Empleo Estatal en multitud de casos, en los que ha habido que incoar expedientes y sancionar y retirar del Programa RAI a muchísimas personas, muchas de las cuales ni tan siquiera tenían ya la residencia en España y se limitaban a cobrar, sin implicarse en acción alguna de inserción laboral, que es -no lo olvidemos- la finalidad primordial de este Programa. Por lo tanto se introduce un nuevo mecanismo, más riguroso, con objeto de evitar la picaresca y el fraude. No es ninguna medida contra los parados, si así fuera se habría suprimido de plano el Programa RAI que se mantiene. Es una medida contra el parasitismo del Estado y contra esa cultura tan en boga de vivir del cuento y no del esfuerzo y del trabajo, como hacemos la mayoría.

      Eliminar
  4. Hola, veo que no puedes dormir tampoco esta noche. Paciencia.

    Te diré. En esta cuestión es importante tener claro una cosa, que la mayoria de la gente no sabe. En España los que cobran el paro pueden salir al extranjero por dos motivos. El primero por cuestiones personales (solo 15 dias, y deben pedir autorizacion..., y no se deja de cobrar en ningun momento). Y el segundo, por motivos de trabajo o formación. Ahi se deja de cobrar (importante), y no hace falta pedir permiso, sólo demostrar al regresar (y siempre que se haya estado menos de un año fuera) que se ha estado haciendo éso, trabajar o formandose, con documentos oficiales y "creíbles".
    Luego está una cosa especial que es la exportación, donde te vas como máximo tres meses prorrogables, sigues cobrando en el país donde vas, pero allí te tratan igual que la oficina de empleo de aquí, esto es, debes estar a su disposición como demandante de empleo, ir a las ofertas, etc.

    ¿Qué ocurre aquí? Pues en primer lugar, que la inmensa mayoría de los que cobran el paro y son extranjeros lo que quieren es irse un par de meses a su país, a ver a la familia, y éso no está permitido. Se van, pensando que no les van a pillar, y cuando sí les pillan es cuando se encuentran con la sorpresa de que les sancionan quitándoles la prestación. No es un caso raro, es lo habitual : seis de cada diez se suelen arriesgar..., y ahora que van a empezar a tomarselo en serio, van a caer como moscas, porque hasta hace poco se toleraba y no se controlaba, pero eso va a cambiar. Personalmente, pienso que no tenemos por qué pagarle a un tio que se ha marchado a su país y se puede tirar allí el tiempo que quiera, en lugar de estar buscando empleo, como está mandado.
    Y en segundo lugar, que los españoles que quieren irse a probar suerte fuera lo que quieren es cobrar en España porque es más fiable, y si les va mal, volverse pitando como si no hubiera pasado nada. Lo de ir a Alemania o Inglaterra con una exportación de prestaciones y que allí te "pongan las pilas" no le gusta a nadie . Porque te garantizo que en España son muy "suaves" con los perceptores de prestaciones, créeme, comparado con otros países. Allí te hacen un seguimiento personalizado que te cagas las patas abajo, y a la más mínima que se vea que no tienes intención de trabajar en lo que te ofrencen (que siempre va a ser una porqueria, por supuesto), te retiran la prestación. En España para que te quiten el paro tienes que hacer una barbaridad y montártelo muy mal, las cosas como son : la acumulación de ofertas rechazadas que tienen los perceptores españoles de desempleo es la más alta de Europa (datos oficiales, eh). Durante años no se ha controlado nada, nada, nada. En los últimos años, con cinco millones de parados, se le ha retirado la prestación por rechazo de oferta apenas al 0,0001 % de los perceptores. No te miento. Ahora eso va a cambiar, por motivos que ya sabemos cúales son, nos gusten o no.
    Un saludo

    ResponderEliminar
  5. Es absolutamente falso, como comenta el anónimo anterior, que se pudiese marchar al extranjero alguien que estuviese cobrando la renta de inserción, al menos en Andalucía. Tengo información de primera mano al respecto y me consta que se hacía un seguimiento del perceptor de dicha renta, debiendo presentarse a firmar cada quince días, así como asistir al menos dos días a la semana a distintos cursos de orientación en la búsqueda activa de empleo.
    Por otro lado, también durante el gobierno socialista, siendo demandante de empleo, aunque no se cobrase ningún tipo de ayuda si, por cualquier motivo, debías viajar al extranjero y no podías asistir en la fecha indicada para la renovación de demanda (una vez cada trimestre), causabas baja de inmediato y perdías la antiguedad como tal demandante. Es decir, podías volver a inscibirte, pero como nuevo demandante sin tener en cuenta si antes de marcharte llevabas inscrito seis, doce o cualquier número de meses. Y cuando quiera si da la cara yo estoy dispuesto a darla y aportar datos para demostrar lo que digo, entiendo que existe enchufismo, abusos.....pero basta ya de generalizar criminalizando siempre a los más desfavorecidos.
    Saludos.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Entonces, ¿la modificación que introduce este Decreto se refiere a que antes podías irte siempre que no faltases a la renovación y ahora simplemente te quitan la antigüedad si te vas aunque no coincida con esa cita?
      Gracias

      Eliminar
    2. Yo hace 2 años viajé a Italia y me coincidía con la fecha de renovación. No estaba cobrando prestación. Como había leido que te ponían dar de baja y demás me informé con antelación. Tuve que rellenar un permiso como de "salida del país" en el que indicas las fechas en las que no vas a estar en España y por eso no puedes ir a renovar. Y el motivo de ese viaje. Lo entregas y unos días después tienes que volver al INEM para saber si el responsable te dió permiso para viajar. En mi caso me lo dieron, mi motivo fué que tenia una boda en Italia. Al día siguiente de volver del viaje, tienes que presentarte en el INEM y decir: Llegué!!! Tal cual. Y es así cuando te tramitan la renovación.

      Eliminar
    3. Gracias por tu aportación, entiendo entonces que eso es lo que ya no permitirán,visto el argumento de "sea cual sea el motivo y la duración"...

      Eliminar
  6. Para el anónimo anterior. Usted no se aclara, con perdón : lo que he dicho es que hay un porcentaje altísimo de gente que se aprovecha de esa circunstancia (las salidas al extranjero)..., y que no se controla. Por hacer, sí, claro, se pueden hacer hasta controles DIARIOS de una persona, obligando al parado a ir a la oficina todos los días a horas distintas, con un llamado "control de presencia". Eso se puede hacer, qué duda cabe..., pero no se hace. O, vamos, se hace poquísimo, sin que tenga ninguna relevancia "estadística" y efectiva, a uno de cada diez mil o veinte mil parados, para entendernos y por decir una cifra que no sea a voleo. ¿Usted ha visto en las oficinas de empleo alguna vez un departamento "estable" y fijo donde se hacen los controles? ¿A que no? No existen. Quizás se haga circunstancialmente una vez o dos al año, en aquellas oficinas con suficiente personal, para cubrir el expediente, se cita a veinte personas y se las intenta controlar, a ver si están trabajando, etc. No sirve para nada (entre otras cosas porque "políticamente" no ha interesado, y ésa ha sido la consigna que se ha dejado veladamente caer siempre). Esa es la realidad, no tiene más que ir a una oficina de empleo y preguntar, que le dirán que bastante tienen con aprobar y gestionar las prestaciones como para encima tener que ponerse a controlarlos a todos.

    En la otra cuestión mezcla la demanda con las prestaciones. Son cosas distintas. Inscribirse o no, mientras no cobres el paro ..., pues es una chorrada, para qué nos vamos a engañar. Aquí lo que vale es controlar a los que cobran, y mire Vd., querido amigo, con las demandas de empleo (esto es, por parte de los servicios regionales, no del INEM, que es otra cosa) no se controla una mierda en España. ¡Coño, si hasta se pueden sellar por internet y por teléfono!

    Y por otro lado, no he hablado para nada del PP ni del PSOE, que pienso que son iguales en este tema, ni me escondo..., porque no acuso indiscriminadamente, sólo hablo de hechos reales, que están pasando ahora. No es que haya un colectivo pequeño de "enchufados" que abusan del sistema. No hace falta estar enchufado, qué vaaaaaaa..., cualquiera puede hacerlo y lo hace, de hecho. Ese porcentaje de golfillos, en todas sus variantes, representa aproximadamente el 25-30 % del total (datos oficiales, que yo subiría un poco más) , lo cual a mí me parece una cifra como para amarrarse los machos y tomar medidas. Piénselo: de cuatro millones de personas que están cobrando prestaciones por desempleo en nuestro país a día de hoy, un 30 % son un millón doscientas mil personas. ¿Son pocos? ¿Son muchos? Pues calcule..., que se le va a poner en un pico.
    Un saludo.

    ResponderEliminar
  7. La razón de esta reforma trata de combatir el fraude en esta prestación respecto a los inmigrantes, que en muchos casos, una vez que la obtenían, la utilizaban para pagarse el regreso a sus países donde se dedicaban a trabajar o vaya usted a saber qué, ya que esta renta se percibe de inmediato una vez aprobada, al día siguiente de la solicitud. La norma está mal hecha, ciertamente, debido a las prisas para sacar el Decreto-ley este viernes 13. Pero se trata de un programa de "inserción", no de un subsidio sin más. Difícilmente puede entenderse una "inserción" laboral de alguien que se va de España (por las razones que sean, en las que no se entra).

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. ¿Ni siquiera para irse un fin de semana?a mí esta norma me parece un secuestro de ciudadanos. Si fuese como decís aquí varios para combatir el fraude de extranjeros, ¿no se especificarían estas medidas especiales según la nacionalidad del solicitante?

      Eliminar
    2. Vamos a ver: a nadie se le impide salir de España un fin de semana si no es para realizar una actividad laboral (algo inverosímil en un fin de semana). Por otra parte, resulta un tanto contradictorio que alguien acogido a una "renta mínima de inserción", precisamente por carecer de rentas y ser parado de larga duración, tenga la disponibilidad económica que supone viajar al extranjero como turista o por ocio (en fin de semana). El sentido de la norma que regula el Programa "Renta Activa de Inserción" no es proporcionar un subsidio sin más, sino procurar la inserción laboral de los parados de larga duración que carezcan de rentas. De ahí que si una persona acogida a este Programa de Inserción abandona España, está de hecho rechazando la posibilidad de esa inserción en el mercado laboral español, por lo que carece de sentido seguir manteniéndole dentro del mismo. Creo que es fácil de entender. La norma debe ser general, sin acepción de personas o colectivos concretos porque eso supondría una desigualdad en la ley.

      Eliminar
    3. Me hace mucha gracia lo que usted asevera. Primero, lo que usted dice no lo dice la Ley: nadie puede salir por ningún motivo o duración eso pone el BOE. Segundo, uno puede irse de vacaciones invitado. Tercero (lo que más gracia me ha hecho): dice usted que es inverosímil trabajar en fin de semana. Jaja. camareros,dependientes,trabajadores de transporte,guardas de seguridad,médicos,bomberos,limpiadores... trabajan los fines de semana. Y también se hacen entrevistas de trabajo.

      Así que,¿de qué está usted hablando?

      Eliminar
    4. Claro que uno puede salir de España por múltiples motivos, incluso puede venir un platillo volante de Marte con marcianos y llevárselo de huésped. Seamos serios. ¿Que se puede ir de vacaciones invitado? pues claro, pero eso no le exime de sus obligaciones y responsabilidades como perceptor de la Renta Activa de Inserción. Alguien en situación de desempleo de larga duración y careciendo de rentas, como se supone que son los perceptores de la RAI, no suele dedicarse a ir de vacaciones no ya al extranjero sino ni tan siquiera dentro de España. ¿Que se puede ir a trabajar al extranjero un fin de semana de bombero, enfermero, etc?, como tontería divertida está muy bien, pero eso no se lo cree nadie, entre otras cosas porque es legalmente imposible para determinadas profesiones reguladas. Aunque así fuera, si se ha conseguido un trabajo en el extranjero, aunque sea en fin de semana, razón de más para expulsar a esa persona del Programa RAI porque es evidente que ha conseguido insertarse laboralmente.

      Eliminar
    5. Se está usted quedando con todos nosotros, ¿no? No encuentro mejor explicación para asimilar lo que dice.

      Me está usted diciendo que un parado de larga duración que quiera visitar por ejemplo a su hijo desplazado en Alemania puede hacerlo, arriesgándose a perder su renta y su antigüedad? Esta renta qué es ¿un derecho adquirido ó una esclavitud? E

      Ha dicho usted que trabajar en fin de semana era inverosímil: pues bien, le he hablado de personas que trabajan el fín de semana. NO he dicho que un parado de larga duración vaya al extranjero a trabajar un fin de semana de bombero, obviamente.

      Lo que SÍ he dicho es que hay entrevistas en fin de semana.

      Por favor, no manipule mis palabras. Gracias

      Eliminar
  8. Si yo cobro la prestación por desempleo es porque antes he trabajado y la he pagado. ¿Dónde está el dinero que pagué para estar asegurado en el caso de quedarme parado?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es que ese es el gran error de concepto que se tiene respecto a la protección por desempleo. No se "paga por adelantado" dicha protección. El coste real de una prestación por desempleo, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social, no las cubren las cotizaciones sociales abonadas durante la vida laboral. Pero aunque las cubrieran, tampoco es esa la idea de la protección por desempleo, que no es un "seguro" como antigüamente se le conocía. Si fuera un "seguro" no se obligaría al desempleado a "buscar activamente" empleo. Mire: hay que acabar en este país con la cultura del parasitismo del Estado, venga de quien venga, me da igual que sea un particular, que un sindicalista apesebrado, que un empresario que se aprovecha de las subvenciones. Sé que esto que digo es muy impopular decirlo y que no gusta, pero es la verdad. Vaya por delante que, ante una persona realmente necesitada, siempre debe haber una ayuda o un recurso de apoyo para ella, pero jamás debe haberlo para el vago, el pícaro o el parásito, aunque me tachen de autoritario, de cabrón o de mil cosas parecidas.

      Eliminar
  9. Hola, estoy en verdad impactada. Llevo desde 2009 de trabajo en trabajo, pues antes trabajaba en una multinacional que ha echado a muchos empleados en estos años. Cada vez que encuentro un trabajo es peor pagado que el anterior. Ahora además de ser administrativo, recepcionista, secretaria, contable y comercial, hago la limpieza del local y me ocupo del almacén, por el módico precio de 388€ de media jornada. Tengo 52 años, separada y con dos hijos mayores de edad que dependen de mi porque no encuentran trabajo. de esos 388€ pago mi media hipoteca y 100€ para comida de ellos. Quería pedir el subsidio de los 52 años y leí ayer que, en caso de que me lo den, me lo darán a los 55. Palabras extraidas del BOE "Incentivar la búsqueda activa de empleo". ¿nos toman por idiotas? Si no tengo otro trabajo es porque no hay, no porque yo no quiera trabajar. ¿donde están los PIES?. Me siento estrangulada. Se nutren de los más necesitados haciendo un estado cada vez más pobre y sin accesos a salir de la pobreza. No me extraña que necesiten escolta, porque a mas de una "Poyeya", le partiría yo la cara. Ah y me parece que cuando se está enterrando un muerto, no se debe aplaudir.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es que el subsidio para mayores de 52 años, tal y como estaba regulado hasta ahora, venía siendo una especie de apalancamiento a modo de pre-jubilación, que llevaba a la comodidad y a la cronificación de la situación de desempleo, en muchos casos amparada en el fraude del trabajo en la economía sumergida. Y eso se ha acabado. Si usted y su familia, verdaderamente, se encuentran en una situación de necesidad demostrable y acreditable, para eso tienen en su respectiva Comunidad Autónoma las respectivas ayudas y rentas de inserción sociales, que puede solicitar en la Consejería de Asuntos Sociales u organo equivalente. El subsidio de desempleo no es una renta social o una ayuda de beneficencia, mucho menos una forma de vivir a costa del Estado, sino un instrumento transitorio excepcional en la vida del trabajador. No confundamos la velocidad con el tocino.

      Eliminar
  10. Anónima impactada: aportas una dosis de realidad muy necesaria a la letra de la Ley, y das en la llaga con lo de "sin acceso a salir de la pobreza". Ése es el quid de la cuestión, si les interesa que salgamos de una situación de subsistencia. Y yo creo que no, que de hecho así somos más manejables, más sumisos y más "competitivos" entre nosotros y menos exigentes con el patrón. Claro está siempre que no se sobrepasen ciertos límites; aunque la desinformación y el individualismo, la "vergüenza" del fracaso social y el miedo de los demás, no contribuyen a clarificar la lucha. Me identifico totalmente contigo.

    A los demás Anónimos les diré que les he leído con atención. Y llevan parte de razón en su argumentación, pero también les digo que el sistema permite "robar" un poco a los necesitados para "justificar" los excesos de los más pudientes. Las estadísticas de fraude también cantan.
    Y porque es evidente que si muchas familias no tienen futuro sin unos ingresos mínimos asegurados, habrán de proveérselos aunque sea mediante la "picaresca" de obtenerlos mediante fraude. A partir de aquí, ¿podemos criticar el recurrir a estas tretas para subsistir? Quizás, además de una reforma fiscal tan necesaria, sea preciso abordar la constitución de un SALARIO SOCIAL INDIVIDUAL-RENTA BÁSICA para asegurar unas condiciones mínimas dignas para todos. Pero claro, eso requiere un cambio de este modelo social por otro dónde prime el objetivo del bien común. Porque hemos de tener en perspectiva que la sociedad del pleno empleo ya dejó de existir y no existe vuelta atrás.

    Un saludo para tí, pavi, me agrada leerte. Y el debate que generas es síntoma de que interesan tus claras exposiciones. Gracias por tu esfuerzo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gracias Gaby por leerme, a veces me siento bipolar y creo que ya no es una cuestión de ver con "esperanza" como decia Poyeya en su mensaje, dando lecciones de serenidad. Es que cuando las personas no tienen lo mínimo para su subsistencia, afloran desigualdades que con una sociedad justa son mínimas y con la sociedad injusta son abismales, acrecentando la xenofobia, el racismo y otras lacras que se instalan en nuestras mentes. Eso nos aboca a la reflexión, a las preguntas y claro está, cuando eres mínimamente pensante, te das cuenta de que creen que nos tienen que tutelar y llevar de la manita con sus doctrinas. Leyendo el BOE estaba viendo el NO-DO. Estamos gobernados por discapacitados, sí, porque no están capacitados para gobernar, además de creer que reciben su sueldo porque están tocados por su dios. Son nuestros asalariados, no se les debe olvidar y a nosotros se nos deben. Yo no les puse ahí, pero el que se les haya elegido no significa que hagan lo que les de la gana. Leyendo un par de post más arriba, leí que esto es una guerra económica y he de decir que lo comparto, siempre lo dije.

      Gracias a todos por leer este humilde post.
      Me mantengo impactada y asombrada de ver cómo pueden ser capaces de ser tan malos. Con uno de los bolsos que lleva la Mato, vive mas de un mes una familia.
      ¿no tienen de que avergonzarse? Pues claro que no, no tienen verguenza.

      Eliminar
    2. Vamos a ver: eso del salario social, como si el Estado tuviera que ser nuestro empresario, es una visión equivocada de cuál es la función del Estado. Por otra parte, las rentas básicas de subsistencia existen en todas las Comunidades Autónomas (con diversos nombres, pero con equivalente finalidad). Lo que sucede es que, para acceder a esas rentas o ayudas sociales, hay que demostrar que, efectivamente, se está en una situación de necesidad y, además, hay que comprometerse a cumplir con un programa de inserción que implica el compromiso de aceptar empleos que pueden no ser de la apetencia del interesado. Y hay mucha gente que no está dispuesta a ello porque la va mejor en la economía sumergida o viviendo de sus ascendientes, o del trapicheo. Se ha acabado la cultura del parasistismo del Estado. Además, aparte del trabajo dependiente de un empresario, existe el trabajo autónomo o la iniciativa empresarial, que implica riesgo y mucha dedicación, obviamente, que es lo que muchos no están dispuestos a asumir. Y repito: quien de verdad está necesitado y lo acredita, tiene unos recursos, mínimos ciertamente, pero que impiden la marginalidad.

      Eliminar
    3. Hola Gabi, muchas gracias por pasar y comentar, como siempre con tus interesantes aportaciones. Un abrazo!

      Eliminar
    4. Según el Banco de España, en octubre del 2010, el 10% de las familias españolas más ricas concentraban el 70% de la riqueza financiera. Según Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, el 72% del fraude fiscal en España lo cometen grandes empresas y grandes fortunas.
      No se puede enfocar la solución a un problema si no analizamos estos datos de fondo: esto es, la desigual distribución de la riqueza y lo más importante, cómo se genera. Usted conoce sólo la letra de las Rentas Básicas a las que alude, pero desconoce la música: llegan a una minoría, aunque estés prácticamente en la calle. Puede creer lo que le digo, no tengo particular interés en lo contrario.

      La función del Estado la entiendo como perseguir el bien común. Esto es, integrar a sus ciudadanos en condiciones suficientes y dignas. Proveerles de aquellos servicios básicos como hospitales, educación, transportes, vivienda, energía... La iniciativa privada no va a mirar porque los ciudadanos dispongan de estos servicios. Evidentemente no es su función. Su función es ganar dinero al menor coste posible, sea de salarios, de respeto medioambiental o de protección al trabajador. Por ello los sectores básicos han de estar a salvo de las intromisiones del sector privado, porque originan disfunciones como las que estamos viviendo en la actualidad, de explosión de burbuja inmobiliaria, crisis de crédito y crisis de la deuda, que no lo olvide, la sufren también las Pequeñas y Medianas Empresas.

      Y no, la Renta Individual a la que aludo, en ninguna forma ha de entenderse como una limosna del Estado. Menos cuando las estadísticas reales de paro de población en edad de trabajar, ascenderán a niveles dramáticos (en el entorno del 40%), en pocos años. La tecnología, el cambio en hábitos de consumo por agotamiento de materias primas y fuentes de energía, el deterioro medioambiental y las importaciones desde sistemas semiesclavistas, nos llevarán a estas cifras.
      Esta Renta Individual, universal, vendría a complementar la intervención estatal en los sectores básicos descritos, para procurar no sólo mínimas condiciones, sino evitar un estallido social, que de otra manera sería incontenible. Y para ello hay que procurar ingresos al Estado, redistribuyendo la riqueza que hemos creado, pero que se queda en cuatro manos.

      El drama de nuetro tiempo actual, es que casi todos piensan que podemos volver a las etapas previas a la crisis, como si aquí no hubiera pasado nada.
      Yo ni sueño eso, ni lo quiero. No podemos aplazar el presente. Es evidente que este sistema ya se agotó, y empezaron los dolores del parto. Y permitiéndome un momento de optimismo, esperemos que sea para bien...

      Saludos para todos.

      Eliminar
  11. Vivir del estado jamás ha sido mi propósito, soy la impactada de antes y además ahora alucinada por tue palabras. Quiero un trabajo que me de 900€ al mes ¿te parece mucho? a mis jefes sí les parece mucho y por eso hago 6 horas y me pagan media jornada, por eso trabajo haciendo de todo, hasta limpiar el water para sentarme luego a atender la recepción, captar clientes y hacerles la compra en mercadona por el módico precio de 388 al mes. ¿tengo alternativa? ¿puedo emprender? tengo edad de empezar cada año de cero?. Jamás he cogido una baja, solo he cobrado una vez el desempleo. ¿de que me hablas de fraude? ¿estoy defraudando yo o lo hace mi empresario? denuncio y me quedo en la puta calle con un paro indecente despues de 20 años cotizando? tal vez a mis 52 años debo vender la casa que aun no he terminado de pagar de 70 m y dejar a mis hijos en la calle para emprender ¿en que?.
    Con dos hernias discales, una operada y una fibromialgia que no me van a reconocer y que me cuesta la salud y el doble de esfuerzo que a otras personas, con todo lo que hago aun parece que hago poco y que me tienen que incentivar la "busqueda activa de empleo". Estoy pensando en que aun podría pagarles yo por ese trabajo que tengo o tal vez lo quieras tu, y estos servicios sociales tan buenos, ah y sobre todo, pagar nosotros ete desaguisado económico que no hemos creado y que estamos pagando. Jamás me han llamado del servef ni para cursos, me he buscado la vida y me la sigo buscando, no le debo nada a nadie. Pues eso, que nos jodan¡¡ y gracias por todas tus ideas que me sirven de mucha ayuda, sobre todo aupan mi autoestima y me animan. Como dice Poyeya Saenz, me ha llegado a la patata su mensaje de esperanza.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Sinceramente no sé qué decirte. No permitas que estos comentarios te hieran, no tiene sentido. Tú sabes lo que vives, tú sabes que esto es un engaño, tú sabes que culpabilizan a los más débiles para quitarles sus derechos con la complacencia de la mayoría. Tú sabes lo que es luchar, lo que es sobrevivir, lo que es salir adelante, lo que es pasarlo mal. Nadie puede darte lecciones en este caso.

      Hay muchas personas que saben de Leyes, pero parece que no entienden de personas.

      Vais por la vida anunciando alegremente que quienes perciben ayudas lo hacen despreocupadamente, que eso es vivir del Estado, que la gente con esa ayuda se conforma. Y decís eso porque partís de la soberbia del que no ha pasado por ello. Qué fácil les resulta a muchos, políticos, empresarios, personas de posición cómoda, señalar con su dedo acusador a los más desfavorecidos, haciéndoles sentir que son culpables de su miseria. Pues habrá quien sí lo sea, pero en este caso no os corresponde a vosotros señalar.

      Muchos merecerían estar en tu posición, amiga anónima. Así quizás lamentaban haber juzgado a las personas que luchan cada día por sobrevivir.

      Mucho ánimo, la gente cada vez está más harta de desigualdades y mentiras y esto tarde o temprano va a estallar. Un abrazo fuerte.

      Eliminar
  12. Mirad esta situación:
    Me encuentro trabajando en Enero, cuando decido irme de vacaciones a Egipto en Diciembre, y compro los billetes para mi parienta y para mí (avión, hotel etc.). Me echan a la calle en Agosto, con lo cual solicito la prestación por desempleo. Según esta ley, ¿tengo que elegir entre perder el viaje o la prestación?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. No, pernambuco. Esta normativa se refiere a los parados con renta activa de inserción, no a las personas que reciben prestación por desempleo.

      En ese caso, creo que puedes salir del país hasta 15 días, informando y solicitándolo previamente a la oficina de empleo. Creo que tienes que pedir permiso. Y esto lo digo con reservas, no lo tengo claro.

      Saludos

      Eliminar
  13. Caso práctico: Mujer víctima de violencia de género y teniendo la pareja orden de alejamiento. Cambia de residencia para alejarse de su agresor y empezar una nueva vida. Como consecuencia de ello solicita la RAI hasta encontrar un nuevo empleo. El agresor, que es alemán, se lleva a su hijo a Alemania y solicita la custodia provisional (que le concede el juzgado alemán hasta escuchar a la madre ignorando la sentencia de guarda y custodia española pese a conocerla), citando a la madre y advirtiéndola que si no se presenta la custodia será definitiva. Hasta aquí caso real. Posible situación: la madre pierde la RAI y gana a su hijo provisionalmente, hasta que el padre presenta denuncia en España pidiendo la guarda y custodia aduciendo que la madre no tiene recursos para mantener a su hijo.

    ResponderEliminar
  14. Ampliaré la información con otros datos reales de este caso. La mujer es extranjera con permiso de residencia y trabajo. A los 4 meses de estar cobrando la RAI encuentra trabajo, a los 2 meses y medio de estar trabajando se le rescinde el contrato por no poder presentar la nueva autorización de residencia y trabajo, dicha autorización no la puede presentar porque la delegación del gobierno le deniega la documentación, al perder el trabajo solicita que se le ponga en marcha el período restante de la RAI, como la normativa dice que la delegación le tenía que haber prorrogado el permiso como mínimo por el periodo restante de la RAI el INEM se lo concede, cobra la RAI pero legalmente no puede solicitar trabajo porque la delegación de gobierno sigue empeñada en su error, 20 meses después el juzgado de lo contencioso administrativo le da la razón. Hoy trabaja y tiene a su hijo con ella. Mientras tanto las administraciones hacen lo que quieren sin respetar sus propias normativas y dejando a los ciudadanos en situaciones de auténtica precariedad por nuestro bien. Esta nueva normativa de la RAI que impide viajar al extranjero sólo provocará situaciones de precariedad a nuestros ciudadanos por no querer poner controles adecuados a lo que se pretende combatir, por lo que queda claro que el motivo de este cambio normativo no es combatir el fraude sino restringir derechos. ¿Alguién puede explicar cómo se puede perder una RAI ante una citación judicial por un asunto en el extranjero? ¿Alguien puede decirme por qué una delegación del gobierno hace perder un trabajo a un ciudadano, le deniega que trabaje y le paga para que busuqe empleo y se inserte en el mercado laboral? Estos políticos y funcionarios con firma son como mínimo unos incompetentes, y son sus incompetencias las que nos cuestan dinero a todos los ciudadanos. Esta normativa es otra muestra de ello.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Gasto a las arcas públicas causado por la propia administración: 1.- Estudio y contestación por parte de la delegación del gobierno a las alegaciones por la denegación del permiso de residencia. 2.- Justicia gratuita de un abogado que solicita la paralización de la orden de expulsión ante el juzgado. 3.- Proceso en el juzgado en el que se concede la paralización de la orden de expulsión. 4.- Justicia gratuita de un abogado para el contencioso administrativo por la denegación del permiso de residencia. 5.- Proceso en el juzgado en el que se concede el permiso de residencia y trabajo. 6.- Abogado del estado pidiendo que se cumpla la orden de expulsión en el primer proceso judicial. 7.- Abogado del estado pidiendo que se deniegue el permiso de residencia en el segundo proceso. 8.- Todo el personal y servicios accesorios que han entrado en estos dos procesos. 9.- El pago de una RAI que ya no hacía falta durante 7 meses. 10.- El personal y los documentos del INEM y otras administarciones para solicitar de nuevo la RAI y presentar todos los papeles para reactivarla (Hacienda, INSS, Seguridad Social,...). 11.- Como el hijo de esta señora estaba todavía con ella y tenía una sentencia de guarda y custodia que impedía que el niño saliera de España se presento un escrito acusando (entre otras cosas) a la delegación de incitar al secuestro de un menor por parte de la madre (la querían obligar a salir del país) y soicitando una investigación sobre lo sucedido, al día siguiente sacaron deesde la dirección de inmigración de Madrid una instrucción para todas las delegaciones de España confirmando la situación legal para renovar el permiso que nosotros alegábamos, como la resolución estaba hecha se tuvo que ir a juicio. No recuerdo si me dejo más servicios públicos (seguro que sí), pero todo este gasto se dió por la incompetencia de funcionarios con poder de decisión y que desconocen la normativa que deben aplicar a sus resoluciones.

      Eliminar
  15. Hace 11 años mi familia y yo decidimos venirnos a vivir a canarias".Llego la crisis, mi hijo mayor perdió su empleo, el que se graduo en arte nunca consiguio empleo en esa rama y se puso de ayudante de albañil, termino con una depresion y ataques de ansiedad(HEREDITARIOS) severos que nos enviaron en varias oportunidades al hospital y a un tratamiento de por vida con antidepresivos y tranquilizantes. Yo soy profesora educ.infantil,aqui nunca pude homologar mi titulación me ponian una pega y otra, pero como lo que se estudia no se compra, he trabajado como comercial,monitora educación infantil,cuidadora de niños entre otros tengo cotizado 6 años en la seguridad social. quede sin empleo hace 2 años solicite la ayuda, me la dieron,aqui empieza el drama.el mayor dejo los estudios y se quedo parado.
    Mi familia los mando a buscar desde Panamá alli tienen 2 años viviendo,estudiando buscándose la vida.Mi hijo de 22 años,empezó a tener nuevamente episodios de ansiedad (a pesar de la medicación)entonces mi familia nuevamente reunio y me compraron el billete a Panamá.Me fui en diciembre por un mes ,tenia sin ver a mis hijos 2 años 4 sin ver a mi madre 10 años que no veía mi hermano mayor,emociones que solo las entendemos quienes tenemos a nuestra gente lejos y somos pobres coño!Hable con el psiquiatra,sacamos conclusiones nuevas entre los 3 se decidió aumentar la medicación para que no se repitieran los ataques de pánico que tenia.Me dio la confianza de dejar a mi hijo lejos de mí con sus estudios con un trabajo a media jornada en Panamá mi justificante de la enfermedad de mi hijo y yo, pobre inocente,pensé ,esto y contando mi experiencia y ademas la documentación necesaria donde las universidades en estudian dan fecha horario que tienen desde hace 2 años,no pasaría nada.Llega el día donde me tengo que presentar a renovar,te exigen lleves el pasaporte,mis justificantes con los cuales se puede hacer un libro.La mujer ve el pasaporte y sin ver ni leer ni escuchar mis explicaciones, me dice NO y además busca al director de la oficina quien me dice segun no se que y no se que mas usted ha perdido la ayuda y yo no pude aguantar y las lagrimas me rodaban como ríos y sentí ganas de vomitar y gritar: JODER PERO NO VEN QUE MIS HIJOS ESTAN AFUERA? QUE PAGAMOS UNA HIPOTECA DE 526 EUROS Y QUE SIN ESA ENTRADA PASAREMOS HAMBRE EN CASA?.La funcionaria que me veía descompuesta me dijo: ponga una reclamación y allí puede dejar por escrito y contar mi caso,en 15 días le responderemos así fue Me quitarían la prestación y ese día llore (eso fue en Mayo) y aun lloro,mi pecado ser pobre,pero no puedo estar secuestrada en España y mas si tengo a mis 2 hijos mayores en el extranjero y encima en centro américa que no es en la esquina joer , que necesito casi dos días Tenerife-Panamá Castiguenme,quitenme la ayuda por ese mes que estuve afuera, quitenmela 2 meses la tenia 21 meses y la recibí solo 10 meses y de paso me dejan por un año afuera del paro.POR QUE NOS HACEN ESTO? y les cuento más : NUNCA ME HAN LLAMADO PARA NINGUNA ENTREVISTA,ME HE INSCRITO MÍNIMO 11 CURSOS Y NO ME HAN LLAMADO A NINGUNO..dios sabe que no quiero limosna,quiero un trabajo. perdonen mis malas palabras y los errores no he querido corregir . Vivo en Tenerife tengo 48 años soy que Andrea Fabra mando A JODERSE ¿que sabrá ella de lo que esconde cada tragedia en esta vida de parados? que sabrán los que defienden esta medida y se ríen en nuestras caras?todos los días 13 estamos pagando los 526 euros de hipoteca a bankiaria que lo peor que nos puede pasar es quedarnos sin techo,la comida o se come menos o no, sin techo a donde vas? perdonen la publicidad: Vivo en Tenerife tengo 48 años mas de 20 años experiencia demostrable educando niños en edad educacion infantil en Venezuela y aqui,soy sana NECESITO TRABAJAR, SI SABEN DE ALGO , contacten conmigo mi correo es : omaira_villanueva@hotmail.com. Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Es que usted confunde la asistencia social con la protección por desempleo. Si usted ha tenido la mala fortuna de sufrir todas esas vicisitudes que comenta, tiene a su disposición el apoyo y la ayuda -incluída la económica- de los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma donde tenga su residencia. Para ello tendrá que acreditar que, efectivamente, pasa por esas dificultades que comenta y que, efectivamente, carece de recursos. También tendrá que acreditar que se encuentra residiendo legalmente en España, como es natural. La vida no es fácil para nadie, hay que saber organizarse y asumir la responsabilidad de lo que hacemos y cómo lo hacemos. No trate de escurrir el bulto, se lo digo con todo el afecto. Luche por su familia, trate de mejorar su formación y no deje de esforzarse. Y acuda a los Servicios Sociales que, aunque no son la panacea, sabrán proporcionarla la ayuda adecuada.

      Eliminar
    2. Con el debido respeto, usted sabrá mucho de leyes, pero en mi opinión demuestra una carencia absoluta en sensibilidad.

      Parece que vive usted de espaldas a la realidad de muchos y digo más, da la sensación de hablar aleccionando, lo cual me parece bastante desafortunado.

      Si quiere denunciar gorrones, debería buscar entre la clase política: hay muchos y no precisamente por 400€. O quizás hacia las grandes empresas, donde se comete la mayor parte del fraude fiscal.

      Sus comentarios resultan tan fríos que a una la dejan helada...

      Eliminar
    3. Vamos a ver: estamos hablando de la Renta Activa de Inserción. Podemos hablar de otros fraudes si quiere, pero yo me estoy refiriendo a la RAI y nada más que a la RAI. El que otros defrauden no justifica el fraude propio, porque cada cual responde por sus propios actos no por los actos de los demás. Además esa forma de pensar encierra una contradicción porque, de la misma manera que usted trata de compararse con los defraudadores para intentar justificar el fraude de esos 400 euros, podría hacerlo respecto de los que no defraudan. No es esa la forma lógica de abordar el problema. Me acusa de insensibilidad cuando, precisamente, trato de explicar que existen recursos de asistencia social para aquellas personas que, por las razones que sean, se encuentran en una situación objetiva de necesidad. Si usted tuviera la responsabilidad de gestionar el dinero de todos los ciudadanos -y hablo de responsabilidad política pero también contable ante el Tribunal de Cuentas- seguramente comprendería que el auténtico insensible es aquél que trata de aprovecharse de los impuestos, a los que contribuimos todos con nuestro esfuerzo y trabajo, para obtener indebidamente una prestación por desempleo -en este caso la RAI-. Vuelvo a insistir en que siempre debe haber una acción protectora del Estado para aquellas personas verdaderamente necesitadas, entre otras cosas porque así lo obliga el artículo 41 de la Constitución española. Pero, de la misma manera que le digo esto, también le digo que no se puede ni se debe tolerar la vagancia, la picaresca o el fraude, ni por 400 euros ni por 40. Puede parecer duro lo que digo, pero si lo analiza con calma verá que es bastante sensato y realista.

      Eliminar
    4. Bueno pero tu de donde sales dogmático remilgado de que vagancia estas hablando sin la menor prueba al respecto de estas manifestaciones o piensas que la gente no trabaja por que no quiere, con facilidad te acoges a los tópicos, pero claro tu inmaculado en involuto y los demás son vagos hiedes un tufo qu e para que seguir contigo....pelaranas.

      Eliminar
  16. Hace un par de meses me concedieron RAI, tengo 49 años y cargas familiares, y desde que me quede en el paro, he trabajado meses sueltos y he estado continuamente haciendo cursos de formación, hace un mes aprobé el acceso a un curso de formación y justo dos semanas después de comenzar el curso me envían una carta para presentarme en orientación, como supuestamente este curso te exime de llamamientos y de firmar la tarjeta hasta que no lo finalizas. No asistí a dicha cita, por este motivo. Y pasados 15 días me envían una carta que me excluyen del programa. Me persono en el Inem con los justificantes correspondientes y una carta exponiéndolo y cuando resuelven me vuelven a enviar la negativa de inserción al programa, quiero hacer otra reclamación pero me gustaría si alguien sabe en que términos puedo dirigirme esta vez para no ser rechazada, si alguien puede ayudarme con esta información se lo agradezco.

    ResponderEliminar
  17. No habla nadie de establecerse sino de salir por cualquier cuestión justificada y tiempo determinado. Lo que pasa que tratan de acosar a las personas con la única finalidad de no pagar la prestación, que por otra parte es irrisoria; y eso por no hablar del incumplimiento sistematizado por parte de la administración, que pasa que esto no penaliza. lo que pasa es que tienen mucha jeta esto vividores del cuento políticos y manijeros del cortijo y los que sois más papistas que el Papa; mientras haya tontos que les sustenten "VIVA LA PEPA" a vivir y a los demás que les...... Haber si aprendéis de una vez y no dar vuestro soporte a ninguno de estos charlatanes de feria baratos que no han dado un palo al agua en su pu... vida.

    ResponderEliminar